Los efectos del ruido están más que demostrados. Provoca estrés, irritabilidad, sordera, dificultad para conciliar el sueño y estados depresivos, entre otros. España es uno de los países con un mayor nivel de contaminación acústica: nueve millones de personas la sufren, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Son múltiples las fuentes que originan el ruido, desde carreteras, aeropuertos y trenes, pasando por ascensores, garajes y locales musicales. Pero los ruidos domésticos, esos que ocasionan los vecinos del entorno y que causan rencillas son los más difíciles de solucionar. ¿Qué hacer cuando el ruido del otro le perjudica? Los pasos a seguir no siempre garantizan una respuesta satisfactoria.
El límite aceptable para soportar el ruido se marca en 65 decibelios, según se recoge en la legislación europea.
¿Qué se puede hacer ante un vecino ruidoso? Se recomiendan siempre el diálogo cordial y amistoso como primer paso. Con los ruidos entre vecinos es más difícil actuar, pues las viviendas no están sometidas a ningún tipo de licencia y es más complicado ejercer algún tipo de control.
Según la Ley de Propiedad Horizontal, si un vecino genera molestias el que las padece debe solicitar a la comunidad que requiera a éste para que cese su comportamiento. Si a pesar de ello no cesa, se convoca una junta de propietarios extraordinaria para estudiar si se toman acciones legales.
Entre las medidas que contempla la Ley de Propiedad Horizontal se halla la rescisión del contrato de alquiler y, en el caso de los propietarios, la privación del uso de la vivienda hasta un máximo de dos años.
Pero como siempre decimos mejor es un acuerdo que un pleito.
Carlos Lara Reyeros
Administrador de Fincas
El límite aceptable para soportar el ruido se marca en 65 decibelios, según se recoge en la legislación europea.
¿Qué se puede hacer ante un vecino ruidoso? Se recomiendan siempre el diálogo cordial y amistoso como primer paso. Con los ruidos entre vecinos es más difícil actuar, pues las viviendas no están sometidas a ningún tipo de licencia y es más complicado ejercer algún tipo de control.
Según la Ley de Propiedad Horizontal, si un vecino genera molestias el que las padece debe solicitar a la comunidad que requiera a éste para que cese su comportamiento. Si a pesar de ello no cesa, se convoca una junta de propietarios extraordinaria para estudiar si se toman acciones legales.
Entre las medidas que contempla la Ley de Propiedad Horizontal se halla la rescisión del contrato de alquiler y, en el caso de los propietarios, la privación del uso de la vivienda hasta un máximo de dos años.
Pero como siempre decimos mejor es un acuerdo que un pleito.
Carlos Lara Reyeros
Administrador de Fincas
No hay comentarios:
Publicar un comentario