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martes, 6 de marzo de 2012

¿Quien guarda los documentos de la comunidad y los libros de actas de la comunidad?

    El Secretario de la Comunidad de Propietarios es el que tiene la obligación de conservar, de custodiar, los libros y demás documentos de dicha Comunidad. Pero, ¿durante cuánto tiempo tiene que conservar dichos documentos?

Quien ejerza las funciones de Secretario, será el encargado de conservar la documentación de la Comunidad (documentación que incluye los libros de la Comunidad, así como también las convocatorias de actas, comunicaciones y cualesquiera otros documentos que revistan carácter relevante). En cuanto al tiempo durante el cual, toda esta documentación debe conservarse, lo señala la propia Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 19 [ART-19]: el plazo es de 5 años.

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