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viernes, 20 de enero de 2012

¿Qué entendemos por APROPIACION INDEBIDA INMOBILIARIA?


Explicado de una manera sencilla, el que entreguemos a cuenta un dinero por un bien inmueble (piso, garaje, casa, trastero) mediante contrato de arras, y el vendedor o la inmobiliaria se quede con él después de no realizarse a operación por causas ajenas a nuestra voluntad.

¿Cómo recuperar nuestro dinero?.....

En principio estamos ante, un incumplimiento civil, que puede convertirse en estafa…… por lo que si la vendedora no se aviene a devolverte el dinero tendrías que presentar una demanda reclamando la cantidad adeudada, que  incluye el monto que entregaste inicialmente más una cantidad igual.

 Sería un Procedimiento Ordinario (si excede de 3.000 €) en cuyo caso sería obligatorio contar con abogado y procurador. El esquema procesal sería: demanda, contestación escrita, audiencia previa al juicio, vista oral y Sentencia. El tiempo estimado depende del Juzgado, pero no creo que en ningún sitio baje de los 8 meses en primera instancia. Luego habría que sumar la apelación (si la hubiera) que no creo que baje de un año.

Si se tratara realmente de una apropiación indebida nos encontraríamos ante un lícito penal, que podría iniciarse mediante denuncia (no precisa abogado ni procurador) o querella (si serían necesarios).

Un proceso penal presenta la ventaja de que el acusado se juega no sólo el dinero, sino también pena de prisión, por lo que normalmente debería preferir llegar a un acuerdo para evitar males mayores. Pero tiene el inconveniente de que normalmente se demora más en resolver y, para el caso de que la acción no sea la adecuada, perderías el pleito penal y tendrías que empezar una reclamación civil.

1 comentario:

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